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'Santi Potros' el pasado 4 de diciembre tras su salida de la cárcel Alicante II de Villena. |
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha establecido como criterio que las penas que los terroristas de ETA han cumplido en Francia no tienen que ser descontadas del tiempo máximo de cumplimiento de las condenas impuestas en España.
Este acuerdo, adoptado por mayoría de 9 votos frente a 6, impedirá rebajar el tiempo de permanencia en prisión de los etarras que, tras cumplir sus penas en Francia, fueron entregados a nuestro país y condenados por los delitos cometidos en España.